El 
                  ingreso en la OMC exige un arbitraje más eficaz
                
                
EL 
                  Comité de Arbitraje de Beijing  
                  (en adelante, CAB) se fundó el 28 de septiembre de 1995. 
                  El CAB está integrado por reconocidos legistas y juristas. Su 
                  director general, Jiang Ping, antiguo rector de la Universidad 
                  de Ciencia Políticas y Jurídicas, es un prestigioso especialista 
                  en derecho civil y comercial. Entre los subdirectores y miembros 
                  del CAB figuran el profesor Zhang Chengsi, experto en la legislación 
                  nacional sobre la propiedad intelectual, y los directores del 
                  Instituto de Jurisprudencia de tres famosas universidades: Qinghua, 
                  Beida (Universidad de Beijing) y Renda (Universidad del Pueblo). 
                  De los actuales 223 árbitros, el 22,1% son doctores; el 39,2%, 
                  licenciados; y el 30,4%, bachilleres. Entre ellos hay legistas, 
                  jueces jubilados con una larga experiencia y especialistas de 
                  diversos campos, incluidas nueve personalidades de Hong Kong 
                  y Taiwan. Desde su fundación, el CAB viene aplicando a conciencia 
                  las leyes de arbitraje, guiado en todo momento por la imparcialidad, 
                  la independencia y la voluntad de lograr la máxima eficacia, 
                  así como la máxima calidad de los árbitros y del arbitraje. 
                  El número de casos vistos aumenta de año en año: en 1995 sólo 
                  se juzgaron 7 casos; en 1996, 149; en 1997, 168; en 1998, 233; 
                  en 1999 , 326; en el 2000, 449; en el 2001, 666; y hasta el 
                  10 de Junio del 2002, 381. Por lo tanto, desde 1998 y durante 
                  cuatro años consecutivos el número de casos ha experimentado 
                  un aumento del 37%. Desde su creación hasta la fecha, el CAB 
                  ha aceptado 2.378 pleitos relacionados con obras de construcción, 
                  la compra y venta de viviendas, las finanzas, los seguros, los 
                  valores, los contratos de futuros, las patentes, las inversiones, 
                  las marcas comerciales, la transferencia de acciones, las inversiones 
                  sino- foráneas, la cooperación, la compra y venta  
                  de mercancías internacionales, etc. El CAB ha finalizado 
                  la instrucción de 87,9% de los 2.090 casos juzgados. En los 
                  casos ya resueltos, el período que va de la constitución del 
                  tribunal a la pronunciación de la sentencia ha tenido una duración 
                  media de 75 días, mientras que la media de los días transcurridos 
                  desde la aceptación del caso hasta su resolución ha sido de 
                  97 días.          
                El CAB ha dictado la anulación 
                  parcial o total en cinco de dichos casos, la no ejecución de 
                  la sentencia en 11 y la celebración de un nuevo arbitraje en 
                  2. La suma de dichos casos es inferior al 1% del total. El CAB 
                  figura entre los principales tribunales de arbitraje del país, 
                  tanto por el número de pleitos aceptados y dirimidos, como por 
                  la calidad del arbitraje.
                El ingreso de China en la OMC 
                  trae nuevos desafíos y oportunidades. Decidido a aprovechar 
                  esta ocasión para aprender y tomar como referencia las prácticas 
                  universales, así como las avanzadas experiencias del arbitraje 
                  internacional, el CAB está elevando aun más la calidad y eficacia 
                  de su labor, con miras a convertirse gradualmente en un organismo 
                  de arbirtraje de nivel mundial. Para alcanzar dicho objetivo, 
                  el CAB ha tomado las siguientes medidas.
                I. Con el fin tanto de asegurar 
                  la independencia y la imparcialidad del arbitraje, como de perfeccionar 
                  el desarrollo de los juicios, el CAB ha modificado algunas cláusulas 
                  de los Reglamentos del Comité de Arbitraje de Beijing y ha añadido 
                  otras relacionadas con la vista conjunta de los casos y con 
                  el iucumplimiento de las sentencias o la demora en su cumplimiento 
                  por parte de los litigantes. Asimismo, ha agregado varias estipulaciones 
                  sobre su imparcialidad, diligencia y eficacia. Al mismo tiempo, 
                  ha estipulado que al aceptar la asignación del director general 
                  o del interesado, el árbitro debe firmar en el acta de autorización 
                  una declaración por la que se compromete a mantenerse imparcial 
                  e independiente en cualesquiera circunstancias, a dedicar al 
                  caso el tiempo necesario y a esforzarse al máximo por resolverlo 
                  satisfactoriamente. La secretaría del CAB se encarga de hacer 
                  llegar una copia de declaración a manos del interesado.
                II. Con el fin de garantizar 
                  la finalización de las diferentes fases del proceso de arbitraje 
                  en los plazos estipulados y de delimitar claramente las responsabilidades, 
                  el CAB ha introducido cambios en los Reglamentos sobre los Árbitros 
                  del Comité de Arbitraje de Beijing y las Medidas Administrativas 
                  para la Contratación de Arbitros. Por otra parte, ha promulgado 
                  los Reglamentos para el cumplimiento de los plazos del proceso 
                  de arbitraje del CAB. De este modo, se han formulado exigencias 
                  concretas sobre los plazos de las diversas etapas del proceso 
                  de arbitraje. Si por motivos personales un árbitro no termina 
                  de resolver un caso en el plazo fijado, el CAB le envía una 
                  nota de apremio y, si la demora supera determinado límite, anula 
                  la asignación del caso. Todas las anulaciones quedan registradas 
                  en los computadores y si un árbitro supera determinado número 
                  de ellas, la dirección del CAB podrá optar por no renovarle 
                  el contrato. Asimismo, los árbitros que, persiguiendo su propio 
                  beneficio, incumplan los reglamentos serán despedidos. Por otra 
                  parte, el CAB ha promulgado las Normas para la Vista de Casos 
                  y los Criterios para la Redacción de las Actas de la Sentencia, 
                  con el propósito de potenciar la profesionalidad de los árbitros, 
                  para lo cual también ha redactado un Manual para Árbitros y 
                  ha aplicado un nuevo método de formación que hace hincapié en 
                  el estudio y el intercambio de experiencias profesionales. Toda 
                  la información se almacena en ordenadores y se utiliza para 
                  realizar un seguimiento de la actuación de los árbitros.
                La mayoría de ellos han acogido 
                  bien estas medidas y las apoyan. Hasta la fecha, un total de 
                  299 árbitros han juzgado 3.585 casos. Es de destacar que en 
                  ningún momento se han incumplido los reglamentos y que la labor 
                  de los árbitros ha sido elogiada por los interesados.
                III. El CAB organiza conferencias 
                  y diversas actividades de estudio teórico encaminadas a elevar 
                  el nivel profesional de los árbitros. Las medidas adoptadas 
                  para lograr este objetivos son las siguientes:
                1. Proporcionar periódicamente 
                  a los árbitros el  Arbitraje 
                  de Beijing  (antes  Boletín 
                  de Arbitraje de Beijing ), enriqueciendo su contenido 
                  y mejorando tanto su redacción como su impresión; 2. Establecer 
                  un sistema de formación de nuevos árbitros con el que se les 
                  ofrece formación ética y profesional; 3. Convocar anualmente 
                  una reunión plenaria de árbitros para intercambiar experiencias 
                  y opiniones; 4. Ayudar a los árbitros a organizar conferencias 
                  de estudio y análisis de casos concretos; 5. Reunir a los árbitros 
                  y a los expertos en arbitraje para presentar sugerencias a las 
                  autoridades correspondientes.
                IV. El CAB dedica especial 
                  atención a la mejora de las condiciones de sus oficinas con 
                  el fin de perfeccionar los servicios que ofrece. Tanto el arbitraje 
                  como la gestión de los asuntos cotidianos se llevan a cabo con 
                  la ayuda de modernos equipos informáticos, introduciéndose simultáneamente 
                  en los computadores la información relativa a la abertura de 
                  la audiencia y el juicio colegiado. Si los litigantes acuerdan 
                  un acto de reconciliación, el tribunal de arbitraje puede celebrarlo 
                  inmediatamente y extender el documento acreditativo correspondiente.
                V. Hacia el desarrollo internacional. 
                  El CAB planea invitar a especialistas y árbitros extranjeros 
                  para satisfacer las exigencias de los litigantes. Al mismo tiempo, 
                  está tratando de establecer relaciones de cooperación con las 
                  autoridades foráneas del arbitraje. Por otra parte, el CAB ha 
                  sacado una versión inglesa de su sitio web, ha publicado sus 
                  datos en inglés y chino, y ha intensificado la divulgación de 
                  su labor entre las empresas extranjeras establecidas en China.