¿De
qué va el empeño de China porque le reconozcan como economía
de mercado?
Por
BING JIANCHENG
El 13 de abril de 2004, Nueva
Zelanda reconoció la condición de China como economía de
mercado, lo que significó que esta última ha prevalecido
por primera vez en sus aspiraciones en este sentido. Durante
la visita del Presidente chino, Hu Jintao, a América Latina,
Brasil, Argentina, Chile y Perú reconocieron la posición
de economía de mercado de China. Hasta finales de 2004,
casi 30 países le habían reconocido este estatus.
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La
ANSEA reconoce la condición de economía de mercado de
China tras la celebración de la reunión ministerial
entre la organización y China, Japón y la RC en Yakarta. |
Los hechos
demuestran que China se ha convertido en un país de economía
de mercado, y que su economía nacional opera según las reglas
de este modelo. ¿Pero qué pasa que aún los vestigios de
la “economía no mercantil” siguen obstaculizando el desarrollo
del comercio exterior de China, a pesar de que la misma
es miembro ya de la OMC?
En tanto que término jurídico, “economía no mercantil” es un concepto
importante usado en la definición del grado de dumping que
encara un mercado receptor dado. Si las autoridades del
país que presenta quejas de dumping considera que
el país exportador sujeto a investigación tiene una “economía
no mercantil,” aplicará en el pleito los datos de otro país
que si ostente la condición de economía de mercado, calculando
a partir del nivel de desarrollo económico de éste, para
obtener el denominado valor normal y definir así el grado
de dumping que sufre el país comprador. En este proceso
se obvian los datos originales del país exportador que no
dispone de modelo de mercado.
Sin embargo, la diferencia del costo de mano de obra incide
en que iguales artículos tengan distintos precios en un
tercer país. Además, generalmente se sobreestima el grado
de dumping lo que se traduce en un trato desigual hacia
el país exportador, que puede sufrir notables pérdidas.
Por tradición, China ha sido considerada país de “economía no mercantil”.
En 1979, la Unión Europea (UE) aplicó el antidumping a la
sacarina china, acudiendo por primera vez al grado de dumping
calculado de acuerdo con la situación de un tercer país,
procedimiento que luego imitaron EE.UU., Canadá y Australia.
El 7 de abril de 1998, la UE decidió eliminar a China de
la lista de países de “economía no mercantil”, y concederle
un trato de “país de economía de mercado especial”, con
el fin de dispensar trato de economía de mercado a algunas
empresas chinas que ya cumplían sus parámetros exigidos.
Sin embargo, los cinco estándares de la UE eran estrictos,
por lo que hasta el presente, sólo unas decenas de empresas
chinas han recibido ese trato.
En las negociaciones chinas para acceder a la OMC, el país
aceptó bajo condiciones específicas la posición de “economía
no mercantil” establecida por los países de Occidente. De
acuerdo con esta situación, “En los 15 años siguientes
tras el ingreso de China a la OMC, las empresas deben demostrar
de forma fehaciente que las industrias y el modo de producción
del país reúnen las condiciones de economía de mercado al
aplicárseles investigaciones antidumping. De lo contrario,
dichas empresas recibirán trato de economía no mercantil,
definiendo el nivel de dumping con un tercer país como
sustituto”, según el Articulo 115 del convenio de ingreso
de China a la OMC. En el presente, entre los 147 miembros
de la OMC, sólo China sufre de este trato discriminatorio.
Se puede decir que la propuesta y la aplicación de la posición de “economía
no mercantil” se pone de manifiesto en el trato con los
países de economía planificada, en lo que constituye asimismo
una forma de discriminación política hacia los países socialistas.
Tal actitud revela en el fondo un apego a la mentalidad
de guerra fría. Sirvan de ejemplo en este sentido los pleitos
antidumping que EE.UU. y los miembros de la UE han abierto
contra China, dando lugar a un cuello de botella que restringe
la capacidad de respuesta de las empresas chinas.
La posición de “economía no mercantil” pone a las empresas exportadoras
chinas en una posición muy desfavorable en cuanto a poder
dar respuesta adecuada a las quejas autidumping. Los pleitos
irracionales que vienen convoyados con tales protestas han
afectado el mercado de exportaciones de China. Tal es el
caso de los altos impuestos antidumping que han encarado
los televisores a color de China, productos que están casi
excluidos por completo del mercado de la UE. Bajo esta influencia,
los productos chinos se ven afectados en otras regiones
también.
Ser una “economía no mercantil” le ha representado a China convertirse
en blanco constante de quejas antidumping por parte de algunos
miembros de la OMC, lo que suele dejar inermes a las empresas
chinas, que carecen de recursos para defenderse. En el presente,
una de cada siete quejas de este tipo en el mundo está relacionada
con productos chinos.
Tal estatus implica una negación de los logros y la situación
actual del proceso de construcción de la economía de mercado
de China y afecta la imagen internacional del país. Pese
a que China seguirá siendo un país de “economía no mercantil”
por un período de 15 años, según la carta de convenio para
su ingreso a la OMC, tal apreciación no pasa de ser concesión
china sobre sus derechos. Este entendido tergiversa la ventaja
comparativa y competitiva de China, generado una falta de
conocimiento respecto a su ambiente inversionista y comercial.
Si China es percibida como economía de mercado significa
que los logros de la reforma y apertura y de la construcción
de la economía de mercado aplicados por más de 20 años son
reconocidos por los países desarrollados de Occidente.
Seguir endilgándole al país la condición de “economía no mercantil”
no hará más que aumentar los conflictos comerciales entre
China y otros países, según se incrementen el desarrollo
económico y el volumen comercial de China. En el presente,
los pleitos antidumping de los diversos países contra China
se concentran en los productos de la industria ligera y
los textiles. Sin embargo, según se profundiza la división
laboral, aparecerán conflictos en los sectores competitivos,
por obra del tránsito de los productos mecánicos a los de
alta tecnología. A este tenor, los demás países adoptarán
medidas más estrictas para frenar el flujo de productos
mecánicos chinos, lo que afectará a la larga la actualización
de la estructura de las exportaciones del país. Además,
si se toman en cuenta los patrones de economía de mercado
elaborados por los diversos países de Europa y América,
se comprobará que los reglamentos que estipulan los pilares
de la “economía no mercantil” no son sólo simples medidas
antidumping, sino que se erigen en restricciones institucionales
a la construcción del sistema de economía de mercado en
China.
La condición de “economía no mercantil” constituye cada
vez más un freno a la política y la economía de China.
El antidumping es una medida proteccionista disfrazada que
cuenta con la aprobación de la OMC. Si los países de Occidente
reconocen a China como economía de mercado, ello significa
que China tiene mayor capacidad de enfrentar el antidumping
y los antisubsidios. Algunos países, sobre todo los desarrollados
de Occidente, que tienen diversos intereses comerciales
en China, han sentido la presión de la apremiante demanda
de China de resolver este problema y conseguir un trato
equitativo, y ya empiezan a valerse de este problema para
contener a China y procurar mayores ganancias políticas
y económicas. En adelante, todo apunta a que China incrementará
sus demandas de ser reconocida como economía de mercado,
mientras que en modo proporcional deberán aumentar las exigencias
de los países desarrollados de Occidente. Por ello, cabe
augurarse mayores desafíos para China.
Enlace
1:
Cinco
criterios de la economía de mercado de la UE
1)
El costo de producción,
venta e inversión debe representar las relaciones
de oferta y demanda del mercado, y estar libre de
la intervención del Estado, y el costo de los elementos
principales de producción refleja en lo fundamental
el valor del mercado;
2)
Contar con un módulo
de libros de cuentas auditados según normas de contabilidad
internacional y que sirvan para cualquier ocasión;
3)
El costo de producción
y la situación financiera, incluyendo la depreciación
del capital, la eliminación de cuentas, el comercio
de trueque y el reembolso de la deuda, deben realizarse
según la ley de la economía de mercado, y no son afectados
por la anterior estructura económica desvinculada
del mercado;
4)
Las empresas son
administradas bajo protección de la ley y son restringidas
por la Ley de Bancarrota y la Ley de Empresas, entre
otras. Su establecimiento y cierre no se someten a
la intervención del gobierno; y
5)
La tasa de cambio
obedece la ley del mercado.
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Enlace
2:
Cinco
criterios que aplica la UE para reconocer la condición
de economía de mercado en las empresas cuando se abren
quejas por antidumping
1)
Las empresas de
inversión mixta, las empresas de inversión exclusivamente
extranjera y las empresas de cooperación chino-extranjera
pueden enviar libremente el capital e intereses a
su país;
2)
Las empresas pueden
decidir libremente el precio y la cantidad de la exportación,
así como las condiciones y cláusulas de la venta;
3)
La mayor parte de
las acciones de la empresa son de propiedad privada.
Los funcionarios del Estado que fungen de miembro
de la junta directiva o que se encargan de trabajo
administrativo principal de la empresa deben ser minoría,
salvo que la empresa pueda justificar que los mismos
no son dirigidos por el Estado;
4)
La tasa de cambio
flota según el patrón de cambio del mercado; y
5)
Si el comerciante exportador es declarado culpable
en el proceso antidumping, la intervención estatal
no le exime de encarar medidas de antidumping.
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El autor obtuvo
el doctorado en economía en la Universidad de Xiamen en
julio de 1998, y es profesor adjunto del Instituto de Finanzas
de la Universidad de Finanzas y Economía de Zhejiang. Sus
principales especialidades investigativas son el comercio
internacional y la inversión internacional, la inversión
en el mercado de valores y la teoría financiera.
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