FEBRERO
2005


¿De qué va el empeño de China porque le reconozcan como economía de mercado?

Por BING JIANCHENG

El 13 de abril de 2004, Nueva Zelanda reconoció la condición de China  como economía de mercado, lo que significó que esta última ha prevalecido por primera vez en sus aspiraciones en este sentido. Durante la visita del Presidente chino, Hu Jintao, a América Latina, Brasil, Argentina, Chile y Perú reconocieron la posición de economía de mercado de China. Hasta finales de 2004, casi 30 países le habían reconocido este estatus.

La ANSEA reconoce la condición de economía de mercado de China tras la celebración de la reunión ministerial entre la organización y China, Japón y la RC en Yakarta.

Los hechos demuestran que China se ha convertido en un país de economía de mercado, y que su economía nacional opera según las reglas de este modelo. ¿Pero qué pasa que aún los vestigios de la “economía no mercantil” siguen obstaculizando el desarrollo del comercio exterior de China, a pesar de que la misma es miembro ya de la OMC?

En tanto que término jurídico, “economía no mercantil” es un concepto importante usado en la definición del grado de dumping que encara un mercado receptor dado. Si las autoridades del país que presenta quejas de dumping considera que el país exportador sujeto a investigación tiene una “economía no mercantil,” aplicará en el pleito los datos de otro país que si ostente la condición de economía de mercado, calculando a partir del nivel de desarrollo económico de éste, para obtener  el denominado valor normal y definir así el grado de dumping que sufre el país comprador. En este proceso se obvian los datos originales del país exportador que no dispone de modelo de mercado.

Sin embargo, la diferencia del costo de mano de obra incide en que iguales artículos tengan distintos precios en un tercer país. Además,  generalmente se sobreestima el grado de dumping lo que se traduce en un trato desigual hacia el país exportador, que puede sufrir notables pérdidas.

Por tradición, China ha sido considerada país de “economía no mercantil”. En 1979, la Unión Europea (UE) aplicó el antidumping a la sacarina china, acudiendo por primera vez al grado de dumping calculado de acuerdo con la situación de un tercer país, procedimiento que luego imitaron EE.UU., Canadá y Australia. El 7 de abril de 1998, la UE decidió eliminar a China de la lista de países de “economía no mercantil”, y concederle un trato de “país de economía de mercado especial”, con el fin de dispensar trato de economía de mercado a algunas empresas chinas que ya cumplían sus parámetros exigidos. Sin embargo, los cinco estándares de la UE eran estrictos, por lo que hasta el presente, sólo unas decenas de empresas chinas han recibido ese trato.

En las negociaciones chinas para acceder a la OMC, el país aceptó bajo condiciones específicas la posición de “economía no mercantil” establecida por los países de Occidente. De acuerdo con esta situación,  “En los 15 años siguientes tras el ingreso de China a la OMC, las empresas deben demostrar de forma fehaciente que las industrias y el modo de producción del país reúnen las condiciones de economía de mercado al aplicárseles investigaciones antidumping. De lo contrario,  dichas empresas recibirán trato de economía no mercantil, definiendo el  nivel de dumping con un tercer país como sustituto”, según el Articulo 115 del convenio de ingreso de China a la OMC. En el presente, entre los 147 miembros de la OMC, sólo China sufre de este trato discriminatorio.

Se puede decir que la propuesta y la aplicación de la posición de “economía no mercantil” se pone de manifiesto en el trato con los países de economía planificada, en lo que constituye asimismo una forma de discriminación política hacia los países socialistas. Tal actitud revela en el fondo un apego a la mentalidad de guerra fría. Sirvan de ejemplo en este sentido los pleitos antidumping que EE.UU. y los miembros de la UE han abierto contra China, dando lugar a un cuello de botella que restringe la capacidad de respuesta de las empresas chinas.

La posición de “economía no mercantil” pone a las empresas exportadoras chinas en una posición muy desfavorable en cuanto a poder dar respuesta adecuada a las quejas autidumping. Los pleitos irracionales que vienen convoyados con tales protestas han afectado el mercado de exportaciones de China. Tal es el caso de los altos impuestos antidumping que han encarado los televisores a color de China, productos que están casi excluidos por completo del mercado de la UE. Bajo esta influencia, los productos chinos se ven afectados en otras regiones también.

Ser una “economía no mercantil” le ha representado a China convertirse en blanco constante de quejas antidumping por parte de algunos miembros de la OMC, lo que suele dejar inermes a las empresas chinas, que carecen de recursos para defenderse. En el presente, una de cada siete quejas de este tipo en el mundo está relacionada con productos chinos.

Tal estatus implica una negación de los logros y la situación actual del proceso de construcción de la economía de mercado de China y afecta  la imagen internacional del país. Pese a que China seguirá siendo un país de “economía no mercantil” por un período de 15 años, según la carta de convenio para su ingreso a la OMC, tal apreciación no pasa de ser concesión china sobre sus derechos. Este entendido tergiversa la ventaja comparativa y competitiva de China, generado una falta de conocimiento  respecto a  su ambiente inversionista y comercial. Si China es percibida como economía de mercado significa que los logros de la reforma y apertura y de la construcción de la economía de mercado aplicados por más de 20 años son reconocidos por los países desarrollados de Occidente.

Seguir endilgándole al país la condición de “economía no mercantil” no hará más que aumentar los conflictos comerciales entre China y otros países, según se incrementen el desarrollo económico y el volumen comercial de China. En el presente, los pleitos antidumping de los diversos países contra China se concentran en los productos de la industria ligera y los textiles. Sin embargo, según se profundiza la división laboral, aparecerán conflictos en los sectores competitivos, por obra del tránsito de los productos mecánicos a los de alta tecnología. A este tenor, los demás países adoptarán medidas más estrictas para frenar el flujo de productos mecánicos chinos, lo que afectará a la larga la actualización de la estructura de las exportaciones del país. Además, si se toman en cuenta los patrones de economía de mercado elaborados por los diversos países de Europa y América, se comprobará que los reglamentos que estipulan los pilares de la “economía no mercantil” no son sólo simples medidas antidumping, sino que se erigen en restricciones institucionales a la construcción del sistema de economía de mercado en China.

La condición de “economía no mercantil” constituye cada vez más un  freno a la política y la economía de China. El antidumping es una medida proteccionista disfrazada que cuenta con la aprobación de la OMC. Si los países de Occidente reconocen a China como economía de mercado, ello significa que China tiene mayor capacidad de enfrentar el antidumping y los antisubsidios. Algunos países, sobre todo los desarrollados de Occidente, que tienen diversos intereses comerciales en China, han sentido la presión de la apremiante demanda de China de resolver este problema y conseguir un trato equitativo, y ya empiezan a valerse de este problema para contener a China y procurar mayores ganancias políticas y económicas. En adelante, todo apunta a que China incrementará sus demandas de ser reconocida como economía de mercado, mientras que en modo proporcional deberán aumentar las exigencias de los países desarrollados de Occidente. Por ello, cabe augurarse mayores desafíos para China.

Enlace 1:

Cinco criterios de la economía de mercado de la UE

1)      El costo de producción, venta e inversión debe representar las relaciones de oferta y demanda del mercado, y estar libre de la intervención del Estado, y el costo de los elementos principales de producción refleja en lo fundamental el valor del mercado;

2)      Contar con un módulo de libros de cuentas auditados según normas de contabilidad internacional y que sirvan para cualquier ocasión;

3)      El costo de producción y la situación financiera, incluyendo la depreciación del capital, la eliminación de cuentas, el comercio de trueque y el reembolso de la deuda, deben realizarse según la ley de la economía de mercado, y no son afectados por la anterior estructura económica desvinculada del mercado;

4)      Las empresas son administradas bajo protección de la ley y son restringidas por la Ley de Bancarrota y la Ley de Empresas, entre otras. Su establecimiento y cierre no se someten a la intervención del gobierno; y

5)      La tasa de cambio obedece la ley del mercado.

Enlace 2:

Cinco criterios que aplica la UE para reconocer la condición de economía de mercado en las empresas cuando se abren quejas por antidumping

1)      Las empresas de inversión mixta, las empresas de inversión exclusivamente extranjera y las empresas de cooperación chino-extranjera pueden enviar libremente el capital e intereses a su país;

2)      Las empresas pueden decidir libremente el precio y la cantidad de la exportación, así como las condiciones y cláusulas de la venta;

3)      La mayor parte de las acciones de la empresa son de propiedad privada. Los funcionarios del Estado que fungen de miembro de la junta directiva o que se encargan de trabajo administrativo principal de la empresa deben ser minoría, salvo que la empresa pueda justificar que los mismos no son dirigidos por el Estado;

4)      La tasa de cambio flota según el patrón de cambio del mercado; y

5)      Si el comerciante exportador es declarado culpable en el proceso antidumping, la intervención estatal no le exime de  encarar medidas de antidumping.

El autor obtuvo el doctorado en economía en la Universidad de Xiamen en julio de 1998, y es profesor adjunto del Instituto de Finanzas de la Universidad de Finanzas y Economía de Zhejiang. Sus principales especialidades investigativas son el comercio internacional y la inversión internacional, la inversión en el mercado de valores y la teoría financiera.

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